Procedimiento sancionador por infracciones en materia de Relaciones Laborales
El procedimiento sancionador por infracción en materia de Relaciones Laborales es un procedimiento de carácter especial regulado en la Ley de infracciones y sanciones en el orden social, el texto refundido de la cual se aprobó mediante el Real decreto legislativo 5/2000, de 4 de agosto, modificado por el Real decreto-ley 32/2021, de 28 de diciembre, y en el Reglamento general sobre procedimientos para la imposición de sanciones por infracciones de orden social y para los expedientes liquidatorios de cuotas de la Seguridad Social, aprobado por el Real decreto 928/1998, de 14 de mayo, y modificado por el Real decreto 688/2021, de 3 de agosto.
Codi SIA
208160
Persones destinatàries
Personas físicas o jurídicas y, comunidades de bienes autores de infracciones tipificadas como tal y, en particular las enumeradas en el artículo 2 TRLISOS
Termini per a resoldre i notificar
Plazo máximo para resolver: 6 meses contadores desde la fecha del acta de infracción
Plazo máximo para la notificación: 10 días
Silenci administratiu
Caducidad
Forma d'inici
De oficio
Fi de la via administrativa
Si
Disponible per tramitar per persona apoderada
Si
Observacions
Este procedimiento se inicia de oficio por acta de infracción levantada por la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.
El plazo máximo de seis meses para resolver los expedientes sancionadores se puede interrumpir por causas imputables a los interesados o motivadas por la suspensión del procedimiento establecido al Reglamento aprobado mediante el Real decreto 928/1998, de 14 de mayo.
Este plazo también quedará interrumpido durante el tiempo comprendido entre la fecha de remisión del documento de pago con reducción de la sanción y el pago efectivo de este o, en caso de que no se haga el pago, el último día del plazo para efectuarlo.
La atención a la ciudadanía se llevará a cabo mediante cita previa al 971176600 o al correo electrónico sancionstreball@caib.es.
Normativa del procediment
Òrgan competent per a resoldre
Consejeria de Trabajo, Función Pública y Diálogo Social